Invalida SCJN normas electorales del estado de Oaxaca

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), hizo un paréntesis en el tema de la Reforma Educativa, para resolver las impugnaciones en contra de las normas electorales de Oaxaca, estado que elegirá a nuevo gobernador el año entrante.

Y es que las reformas a la Constitución de Oaxaca, en materia electoral, fueron impugnadas por un partido local, además de por el PAN, MORENA y diputados estatales…

La corte comenzó a analizar las impugnaciones promovidas por MORENA y decidió invalidar dos artículos que fijaban el plazo para que el fiscal del estado, o los magistrados electorales, renunciaran a sus cargos si es que pretenden ser candidatos.

El pleno de ministros anuló estas normas porque no establecían claramente dichos plazos. También anularon un artículo que permitía a los partidos locales mantener su registro con sólo el dos por ciento de la votación total, según explicó el ministro José Ramón Cossío.

“Sí, efectivamente la Constitución, el segundo párrafo del inciso F, la fracción cuarta del Artículo 116, prevé un porcentaje del tres por ciento y el órgano legislativo del estado de Oaxaca, modificó ese porcentaje para mantener el registro a un dos por ciento, pues evidentemente ahí hay una diferencia y esto me parece, que como lo planteamos ya en el proyecto produce la invalidez”.