· El diputado Javier César Barroso Sánchez presentó iniciativa de Ley para Prevenir y Tratar Adicciones
· Elegirán a las y los integrantes de la mesa directiva para el siguiente año de Ejercicio Constitucional
San Raymundo Jalpan, Oax., 11 noviembre de 2014.- Conforme a las atribuciones que les otorga el artículo 65 fracción 1 de la Constitución Política del Estado de Oaxaca, las y los integrantes de la Diputación Permanente de la LXII Legislatura convocaron a un segundo periodo extraordinario de sesiones, correspondiente al primer Año de Ejercicio Constitucional.
Luego de desahogar la mayoría de los puntos de acuerdo, iniciativas con Proyecto de Decreto y reservar para sesión ordinaria del pleno dos dictámenes de la Comisión Permanente de Gobernación, las y los legisladores de la Diputación Permanente aprobaron el documento que convoca al pleno cameral a reunirse en sesión extraordinaria este jueves 13 de noviembre.
En el Segundo Periodo Extraordinario de sesiones, se abordará la elección de la mesa directiva para el segundo año de Ejercicio Constitucional, además se dará lectura al oficio mediante el cual la junta de Coordinación Política de la LXII Legislatura Local da a conocer que a partir del 15 de noviembre será presidida por el Coordinador de la Fracción Parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Félix Antonio Serrano Toledo.
Proponen Ley para Tratar y Prevenir Adicciones
Durante el desarrollo de la sesión ordinaria de la Diputación Permanente, el legislador Javier César Barroso Sánchez presentó una iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley para la Prevención y el Tratamiento de las Adicciones para el Estado de Oaxaca.
Durante su exposición de motivos, el diputado por el Partido Acción Nacional (PAN) señaló que el uso, abuso y dependencia al tabaco, a las bebidas alcohólicas y a otras sustancias, constituyen un grave problema de salud pública y tienen consecuencias negativas que trascienden en todos los ámbitos de la sociedad.
Dio a conocer que en la entidad los fallecimientos por percances automovilísticos relacionados con el alcohol, son la primera causa de muerte entre personas de 20 a 45 años de edad.
Insistió que el uso y abuso de alcohol, tabaco o sustancias psicoactivas conllevan a la aparición de problemas psicosociales entre otras problemáticas, por lo tanto “es de trascendencia e impacto social que la entidad cuente con una ley que optimice los esfuerzos para combatir ese grave cáncer”.
“No podemos cancelar el futuro de nuestros jóvenes y ver la destrucción de hogares oaxaqueños, hay que garantizar que los prestadores de servicios de salud y en establecimientos públicos y privados se realizan actividades preventivas, de tratamiento y de control de las adicciones, por ello necesitamos la Ley”, apuntó.
Cabe destacar que la iniciativa del diputado Javier César Barroso Sánchez fue enviada a la Comisión Permanente de Salud Pública y Administración de Justicia.
Reformarán artículo para castigar acoso sexual
A propuesta del diputado Adolfo Toledo Infanzón se envió a la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales, la Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar el artículo 241bis del Código Penal para el estado de Oaxaca. Articulado que castiga con mayor peso el acoso sexual.
Señaló que el Instituto de la Mujer Oaxaqueña (IMO) ha reconocido que el hostigamiento sexual en la administración pública de Oaxaca es un fenómeno presente, constante, invisibilizado por el resto de la sociedad y el Estado, considerando un abuso o detención del poder estrictamente de los hombres sobre las mujeres.
Por ello, el diputado integrante de la Fracción Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI) propone que el artículo 241 bis quede de la siguiente forma:
“El hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva”, detalló.
Después de tres párrafos más la reforma concluye: El delito previsto en este artículo será perseguido por querella del ofendido o de su legítimo representante.
En tanto, la propuesta del diputado Adolfo Toledo Infanzón fue turnada a la Comisión Permanente de Administración de Justicia.