La Guardia Nacional tendrá nuevas facultades para vigilar, revisar e infraccionar a automovilistas, transportistas y personas usuarias de carreteras y puentes federales, luego de la reforma al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, publicada este lunes en el Diario Oficial de la Federación.
Con estas modificaciones, la corporación podrá dirigir la circulación, inspeccionar vehículos, solicitar documentación, verificar condiciones físico-mecánicas de las unidades, levantar boletas de infracción, imponer sanciones y participar en la atención de hechos de tránsito en vías federales.
La reforma también establece que las indicaciones de la Guardia Nacional deberán ser acatadas por las personas conductoras, incluso durante operativos, revisiones o acciones de control vial.
La autoridad podrá solicitar pruebas médicas, toxicológicas o de alcoholemia cuando exista sospecha de riesgo para la seguridad vial.
La Guardia Nacional podrá revisar bitácoras de operación, documentación obligatoria, condiciones mecánicas, sistemas de frenado, peso, dimensiones y cumplimiento de las disposiciones aplicables al autotransporte federal.
En caso de accidentes, los elementos podrán elaborar dictámenes técnicos, actas relacionadas con hechos de tránsito y coordinar el retiro de unidades que obstruyan la circulación o representen peligro para otros usuarios.
Las nuevas reglas buscan reforzar la seguridad en carreteras federales, reducir accidentes y mejorar el control operativo en rutas de alta circulación en todo el país.
La reforma fue publicada en el DOF el 25 de mayo de 2026 y actualiza facultades de la Guardia Nacional en inspección, control vial, sanciones y atención de hechos de tránsito en carreteras federales.
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